Niños y adultos mayores son la prioridad para DIF Lagos

Lagos de Moreno, Jal. / Redacción Tribuna

El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Lagos de Moreno, atiende con calidad y calidez en cada uno de los centros que conforman esta institución.

Con la finalidad de que la ciudadanía conozca más sobre los servicios y atenciones que ofrece DIF Lagos, a continuación se da a conocer parte de las actividades que competen a este organismo de asistencia social.

DELEGACIÓN INSTITUCIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

§ Delegación Institucional

Brinda orientación social y asistencia jurídica en defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en estado de vulnerabilidad, coadyuva en acciones encaminadas al fortalecimiento de familias.

Brinda asesorías jurídicas.

Juntas conciliatorias.

Repatriación de menores NNA.

Apoyos para la presentación de casos que requieran la intervención del Ministerio Público.

Servicios de atención temporal a menores desamparados por orfandad, maltrato o extravío.

Testimoniales para registro extemporáneo de menor.

Es importante señalar que esta área, mantiene un protocolo a seguir, cuando existe algún caso de vulneración hacía un derecho de un menor; primeramente se tiene la intervención del área de trabajo social para realizar un estudio de campo.

De acuerdo a las investigaciones arrojadas, se brinda la protección del menor y si es necesario se le ofrecen alimentos, ropa y sustento, atención médica si es requerida.

Es importante mencionar que existe un equipo interdisciplinario el cual garantiza el bienestar de los menores, conforme lo marca el Artículo 8 de la Ley de los Derechos de Las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Jalisco.

En el caso por abandono de un menor, el DIF Municipal a través de la Delegación de Niñas, Niños y Adolescentes, lleva a cabo las entrevistas correspondientes con la familia de origen o colaterales, todo con la finalidad de salvaguardar el interés superior del niño y mantener la relación familiar, siendo previamente valorados los miembros de la familia que pudieran o quisieran acoger al menor, una vez que recibieron atenciones psicológicas y estudios socioeconómicos, respectivamente. En ese sentido, si no existiera familia colateral apta para tener al niño, se toman medidas urgentes de protección, contempladas en el Artículo 84 de la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Jalisco.

Estas medidas de protección, de acuerdo al protocolo del resguardo de un menor, deben ser ante un centro de asistencia social o albergue, o bien a una familia de acogida conformada de acuerdo a los lineamientos de la Ley de los Derechos de Las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Jalisco. (Hasta resolver su situación jurídica).

Asimismo el DIF Municipal, se encarga del seguimiento a la denuncia o demanda, ante las autoridades competentes con el objeto de restituir los derechos vulnerados del menor. Destacando que uno de los principios rectores, de acuerdo a lo que establece el Artículo 7 de la Ley de los Derechos, de Niñas, Niños y Adolescentes, del Estado de Jalisco, es NO SEPARAR A LOS NIÑOS DE SU FAMILIA.

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